miércoles, 10 de marzo de 2010

Nº 38 Ley de LISMI


Vídeocomentarios de Francisco "FARTES" (Murcia)
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Vídeocomentario de Carmelo (Las Palmas)
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6 comentarios:

blog sordo de fartes dijo...

hola tu miras a mi youtube artestenis que tengo dos videos para ti. ok

blog sordo de fartes dijo...

perdoname,otro video mas para ti,el titulo"respondo a Vicente 2 parte" en el youtube artestenis porque he olvidado decir una cosa.ok

Vin Runner dijo...

Hola FARTES, Gracias por tu comentario y ya he visto los dos vídeos suyos en relación de la Ley de LISMI, de todas formas ya te responderé unas cositas más ok? Te repito, muchas gracias.

Un Abrazo desde Tenerife

María Luisa Ávila dijo...

hola pues mira el estado paga todos los años mientras permaneces trabajando lo se porque donde yo trabajo en una empresa de minusvalidos todos los años pagan
un saludo

Carmelo Jesús Santana Ortega dijo...

HOLA, TU RAZON, AHORA VOY FORO MI VIDEO OK

UN ABRAZO

Vin Runner dijo...

Hola Maria Luisa Ávila

Gracias por tu comentario. Con relación de la Ley de LISMI, con ese tema no lo tengo muy claro como has comentado que las subvenciones se hacen a cargo del Estado o las Comunidades Autonomicas? y por lo cual, no sé donde se contempla la figura de esa ley, la de la lismi ú otra ley. De todos modos, ya me lo informare detalladamente en el Departamento de la asesoria juridica de la FASICAN y... ya te informaré en cuanto tenga la información clara. ok?.

Un saludo desde Tenerife


Hola Carmelo de Las Palmas

Gracias por tu vídeocomentario. Ya te informaré detalladamente más adelante ¿vale? ya sabes que no lo tengo muy claro sobre la ley de LISMI ú otra ley ok?

Un Saludo